Real Decreto 764/2026, de 30 de septiembre,

por el que se regula el Registro de producción y gestión de residuos

NORMATIVAS Y ESTRATEGIAS

Inicio » España » Normativas y Estrategias »  Por el que se modifica el Real Decreto 1089/2020, de 9 de diciembre, por el que se desarrollan aspectos relativos al ajuste de la asignación gratuita de derechos de emisión de GEI en el periodo 2021-2030

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Finalidad principal:

Emprendimiento

Que los datos de las empresas sean iguales y fiables en todas las comunidades autónomas; que Administraciones, empresas y ciudadanos puedan comprobar si un gestor o un transportista está autorizado y para qué residuos; y que sirva de referencia para validar los traslados de residuos y facilitar la inspección.

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Objeto

del Real Decreto:

sostenibilidad

Ordena cómo funciona el Registro de producción y gestión de residuos, la base de datos única para toda España donde constan todas las empresas que tienen una autorización o una comunicación previa en materia de residuos. Concreta cómo se organiza, qué datos incluye y quién lo mantiene.

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Gestión del Registro:

sostenibilidad CANAL SENDA

Las empresas no tramitan nada nuevo ante el Registro. Siguen presentando sus autorizaciones y comunicaciones a su comunidad autónoma, como hasta ahora, y es la comunidad autónoma quien envía esos datos al Registro en un máximo de 15 días. El Ministerio para la Transición Ecológica mantiene el sistema.

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Estructura en tres niveles

sostenibilidad CANAL SENDA

A) Entidad: la empresa, identificada por su NIF.

B) Centro: cada instalación o centro de la empresa, identificado por su NIMA (número de 10 cifras que asigna la comunidad autónoma).

C) Inscripción: cada autorización o comunicación del centro, identificada con un código de tipo. Por ejemplo, P01 (productor de residuos peligrosos), T01 (transportista de residuos peligrosos) o G01 (centro gestor de residuos peligrosos).

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Contenido

del Registro:

sostenibilidad CANAL SENDA

Para cada empresa constarán sus datos de contacto, la ubicación y actividad de sus centros, los residuos que produce o gestiona (códigos LER), las operaciones de tratamiento autorizadas, su capacidad y sus garantías financieras.

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Actualización

de datos:

sostenibilidad CANAL SENDA

Los cambios (de domicilio, de nombre, de titular, de residuos u operaciones autorizadas) y los ceses de actividad deben reflejarse en el Registro en un máximo de 15 días.

Si cambia el titular de un centro, se mantiene el mismo NIMA siempre que no cambien la actividad ni la ubicación. Los datos incorrectos pueden corregirse a petición de la empresa ante su comunidad autónoma.

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Acceso a la información:

plazos

Las Administraciones, los servicios de inspección y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pueden consultar todo el Registro.

Una parte de los datos será pública y accesible por internet; qué datos serán públicos se fijará en una orden ministerial posterior.

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Impacto

para empresas

sostenibilidad CANAL SENDA

Afecta a todas las empresas que tienen autorización o comunicación previa en materia de residuos: productores, gestores, transportistas, agentes, negociantes, SCRAP, plataformas logísticas e instalaciones móviles. No impone trámites nuevos, pero conviene revisar que los datos son correctos, porque los traslados de residuos se validan con el Registro.

Productores de residuos no peligrosos (≤ 1.000 t/año) y poseedores: no están obligados a estar inscritos, pero su comunidad autónoma puede inscribirlos. Si lo hace, deberán usar esa inscripción en sus documentos de traslado.

Gestores, transportistas, agentes y negociantes: un dato erróneo en su inscripción (NIMA, códigos LER, operaciones) puede causar problemas en los traslados y con sus clientes.

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Entrada en vigor:

medidas

2 de octubre de 2026. Las comunidades autónomas tienen 12 meses (hasta octubre de 2027) para adaptar sus bases de datos a la nueva estructura.

21 de febrero de 2026.

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Documentos oficiales:

Real Decreto 764/2026, de 30 de septiembre, por el que se regula el Registro de producción y gestión de residuos.