PRINCIPALES CLAVES DEL

Reglamento de ecodiseño de productos sostenibles

(ORDEN MAV/8/2025, de 14 de enero) Regula ayudas del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, cofinanciadas por el FEADER.

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ÁMBITO

geográfico de aplicación

ambito

Áreas temáticas abordadas

  • Economía circular (reutilización, reciclaje, remanufactura, obsolescencia).

  • Gestión de residuos.

  • Eficiencia energética y de recursos.

  • Huella de carbono, sustancias peligrosas.

  • Compras públicas ecológicas.

  • Transparencia e información ambiental.

Sectores empresariales y empresas afectadas (Art. 1):

  • Fabricantes, importadores, distribuidores y comercializadores de productos físicos en la UE.

  • Proveedores de componentes y materiales.

Excluidos:

  • Productos alimentarios, medicamentos, vehículos completos, productos relacionados con la defensa y productos de segunda mano sin remanufactura.

Sectores directamente impactados:

  • Directamente: Textil y calzado, muebles, neumáticos, colchones, detergentes, cosmética, pinturas, productos TIC, productos eléctricos/electrónicos, químicos, plásticos, papel, metales.

  • Automoción: Afectados sus componentes y materiales, aunque el vehículo completo está excluido.

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PUNTOS CLAVE

y novedades

medidas

1. El Reglamento establece unos requisitos de diseño ecológico (Cap. II):

  • ​​Horizontales (gama amplia de productos): Durabilidad, reciclabilidad, fiabilidad, posibilidad de reutilización, reparabilidad, contenido reciclado, sustancias preocupantes… Para grupos de productos específicos:
  • Específicos de cada categoría (p.ej. niveles de eficiencia energética, emisiones, etc.)

2. Requisitos de información: Crea el Pasaporte Digital de Producto (PdP), el cual debe ofrecer información precisa, completa y actualizada durante toda la vida del producto, accesible en lenguaje claro y respetando la privacidad de datos.(Art. 7, 9–12)

3. Contratación pública ecológica: Los contratos públicos deberán integrar criterios de diseño ecológico. La Comisión establecerá requisitos mínimos mediante actos delegados. (Art. 65).

4. Prevención destrucción de productos no vendidos: Se prohíbe destruir productos de consumo no vendidos (ropa, calzado) en grandes empresas. Deben informar anualmente sobre cantidades descartadas, motivos, destino según jerarquía de residuos y medidas preventivas. (Art. 24 y 25).

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PLAZOS

clave

plazos

Publicación: 28 de junio de 2024.

Entrada en vigor: 18 de julio de 2024.

Aprobación del primer Plan de Trabajo 2025–2030 : 16 de abril de 2025.

  • Productos prioritarios: acero, aluminio, textiles, muebles, neumáticos, colchones.

Primeros actos delegados: A partir del 19 de julio de 2025.

  • Aplicación efectiva: mínimo 18 meses tras su adopción.

Primeros requisitos exigibles: Desde enero de 2027.

Desarrollo progresivo: 2025–2030, se irán incorporando nuevos productos y requisitos.

ecodiseño

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OBJETIVOS

principales del Reglamento

1. Convertir los productos sostenibles en la norma del mercado único europeo (Art. 1).

2. Reducir el impacto ambiental de productos en su ciclo de vida (recursos, energía, sustancias peligrosas, residuos) (Art. 5).

3. Mejorar la circularidad: durabilidad, reparabilidad, actualizabilidad, reciclabilidad (Art. 6-7).

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DOCUMENTOS

Reglamento (UE) 2024/1781, de 13 de junio de 2024 por el que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos sostenibles,

  • Deroga la Directiva 2009/125/CE.
  • Modifica la Directiva (UE) 2020/1828 y el Reglamento (UE) 2023/1542.

Plan de Trabajo 2025-2030 para la aplicación del Reglamento sobre Ecodiseño de Productos Sostenibles (ESPR)

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