PRINCIPALES CLAVES DE LAS

SUBVENCIONES DEL PROGRAMA MOVES III-2025 EN CASTILLA Y LEÓN

Orden de 25 de junio de 2025, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se convocan subvenciones dentro de los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica, para el año 2025 (Moves III-2025), en la Comunidad de Castilla y León.

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Ámbito geográfico

de la aplicación

ambito

Comunidad Autónoma de Castilla y León.

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Beneficiarios

(Art. Segundo del extracto)

Podrán ser beneficiarios, siempre que tengan residencia fiscal en España:

  • Personas físicas empadronadas en Castilla y León que desarrollen actividad económica (y estén dadas de alta en el Censo de Empresarios).
  • Personas físicas empadronadas en Castilla y León, mayores de edad.
  • Comunidades de propietarios con inmuebles en Castilla y León.
  • Personas jurídicas con establecimiento permanente en Castilla y León (NIF: A, B, C, D, E, F, G, J, R, W o V).
  • Entidades locales de Castilla y León.
  • Entidades del sector público institucional de Castilla y León.
  • Entidades del sector público estatal con sede en Castilla y León y sin actividad económica.

Actuaciones abiertas a todos los sectores empresariales siempre que se fomente la movilidad eléctrica y se cumplan las condiciones del programa.

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Proyectos

y gastos subvencionables (Anexo I del RD 266/2021 y extracto)

Recurso 14

Programa de incentivos 1:

  • Compra de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible.
    • Incluye: Vehículos nuevos, demostración o seminuevos (según condiciones específicas del RD).
    • No incluye: Vehículos de categorías M2, M3, N2 y N3.

Programa de incentivos 2:

  • Implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos.
    • Deben estar ubicadas en Castilla y León.
prevención ambiental

4

Condiciones

financieras

a quien afecta

Presupuesto total inicial: 19.129.212 €

Posibilidad de ampliación según disponibilidad del IDAE.

Las ayudas para autónomos y PYMEs pueden alcanzar hasta el 40 % del coste en la adquisición de vehículos eléctricos, ampliable al 50 % si se entrega un vehículo para achatarramiento, y hasta el 60 % para instalaciones de infraestructura de recarga. Además, se contempla un incremento adicional del 10 % cuando las actuaciones se realicen en municipios de menos de 5.000 habitantes o se utilicen sistemas inteligentes de gestión energética.

Por su parte, las grandes empresas pueden optar a un 30 % de ayuda en la compra de vehículos eléctricos (hasta el 40 % con achatarramiento) y hasta un 40 % para proyectos de recarga eléctrica, aunque sin las bonificaciones adicionales por localización.

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PLAZOS

plazos
  • Fecha de publicación: 30 de junio de 2025.
  • Plazo de solicitud: Desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2025 (inclusive)

La concesión de las ayudas está sujeta a disponibilidad presupuestaria, y se otorgarán por orden de entrada de solicitudes completas.

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DOCUMENTOS

EXTRACTO de la Orden de 25 de junio de 2025, de la Consejería de Economía y Hacienda,
por la que se convocan subvenciones dentro de los programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica, para el año 2025 (Moves III-2025), en la Comunidad de Castilla y León.

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