Nueva normativa

Greenwashing y garantías: nuevas reglas europeas para las empresas

Nuevas

reglas frente al greenwashing

La Directiva (UE) 2024/825 refuerza la protección de los consumidores frente a afirmaciones ambientales que puedan resultar de difícil interpretación. 

Entre las prácticas que pasan a estar especialmente restringidas se encuentran:

  • Utilizar afirmaciones ambientales genéricas como “verde”, “ecológico” o “respetuoso con el medio ambiente” cuando no estén suficientemente justificadas.
  • Utilizar distintivos de sostenibilidad que no estén basados en un sistema de certificación o establecidos por una autoridad pública.
  • Presentar como ambientalmente beneficioso todo un producto o empresa cuando la mejora solo afecta a una parte concreta.
  • Realizar determinadas afirmaciones de neutralidad, reducción o impacto positivo en las emisiones de gases de efecto invernadero basadas en la compensación de emisiones.
  • Comunicar objetivos ambientales futuros sin compromisos claros, verificables y respaldados por un plan de ejecución.

¿Desde cuándo será obligatorio en España?

La Directiva estableció el 27 de marzo de 2026 como fecha límite para que los Estados miembros adoptasen y publicasen las normas necesarias para su transposición y el 27 de septiembre de 2026 para comenzar a aplicarlas.

España no ha completado todavía la transposición de la Directiva, que se está abordando a través de la futura Ley de Consumo Sostenible. Por tanto, las nuevas obligaciones específicas introducidas por la Directiva están pendientes de su incorporación definitiva al ordenamiento jurídico español.

¿Qué deberían revisar las empresas?

Greenwashing garantías reglas europeas

Conviene revisar especialmente las campañas publicitarias, páginas web y tiendas online, envases y etiquetado, fichas de producto, sellos ambientales y compromisos de sostenibilidad, comprobando que las afirmaciones utilizadas sean claras, específicas y puedan justificarse.

Garantías:

nuevo aviso armonizado y etiqueta GARAN

También desde el 27 de septiembre de 2026 resulta aplicable el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1960, que introduce dos elementos armonizados para mejorar la información sobre las garantías y durabilidad de los productos.

A diferencia de la Directiva anterior, este Reglamento es obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros.

1. Aviso armonizado sobre la Garantía Legal de Conformidad

La Garantía Legal de Conformidad no es una garantía nueva. Es el derecho que protege al consumidor cuando el producto adquirido no se ajusta a lo acordado, no funciona correctamente o no reúne las características que razonablemente debería tener.

La novedad es la introducción de un aviso armonizado a nivel europeo destinado a informar de forma más clara a los consumidores sobre la existencia de esta garantía legal y los derechos que les corresponden.

El aviso debe mostrarse de forma destacada en los puntos de venta. El Reglamento establece también las características que debe cumplir cuando se presenta en las ventas realizadas mediante interfaces online.

 

  1. Etiqueta GARAN de garantía comercial de durabilidad. La etiqueta GARAN es una nueva etiqueta armonizada a nivel europeo destinada a informar al consumidor de que un producto cuenta con una garantía comercial de durabilidad ofrecida por el productor, así como de la duración de dicha garantía.

Se utiliza cuando el productor ofrece, sin coste adicional, una garantía comercial de durabilidad superior a dos años y que cubre la totalidad del bien, y pone esta información a disposición del comerciante. La etiqueta incluye, entre otros elementos, la duración de la garantía, la identificación del productor y un código QR con información adicional.

La decisión de ofrecer esta garantía comercial de durabilidad es voluntaria para el productor. Sin embargo, cuando el productor la ofrece y se cumplen las condiciones anteriores, el comerciante debe informar al consumidor sobre su existencia y duración mediante la etiqueta armonizada GARAN.

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Para productores y comercios, esta novedad implica revisar la información sobre garantías disponible en establecimientos y canales digitales y, cuando corresponda, incorporar la nueva etiqueta armonizada.

Una flecha clave: 27 de septiembre de 2026.

Próximo paso:

una nueva Ley Europea de Economía Circular

La Comisión Europea trabaja en una nueva Ley Europea de Economía Circular (Circular Economy Act), cuya propuesta está prevista para 2026 y que pretende acelerar la transición hacia una economía más circular y reforzar, al mismo tiempo, la competitividad y autonomía estratégica de la industria europea.

Entre sus principales objetivos se encuentra avanzar hacia un mercado único de residuos y materias primas secundarias, aumentar la disponibilidad de materiales reciclados de calidad y estimular su utilización por parte de la industria.

La futura regulación pretende también facilitar la circulación de productos reciclados, materiales y residuos dentro de la UE y reducir la dependencia europea de determinadas materias primas importadas.

Para las empresas, será una iniciativa a seguir especialmente de cerca por su posible impacto sobre la gestión y valorización de residuos, utilización de materiales reciclados, circularidad de los procesos productivos y funcionamiento de las cadenas de suministro.

Situación actual: iniciativa en preparación. La Comisión Europea prevé presentar la propuesta en 2026.

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