PRINCIPALES CLAVES DE LA

LEY DE RESIDUOS Y SUELOS CONTAMINADOS

Para una economía circular

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Ámbito

Geográfico de la aplicación

ambito

Aplicable en toda España (Ley básica estatal), con competencias de desarrollo y ejecución por parte de las comunidades autónomas. (Disposición final undécima)

Sectores empresariales y empresas afectadas
Todas las empresas que generen, gestionen, transporten o comercialicen residuos, y/o cuyos productos se conviertan en residuos.

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Objetivos

principales de la Ley

OBJETIVOS DE PREVENCIÓN DE RESIDUOS (Art. 17)

Afectan a todas las empresas que fabrican, comercializan o utilizan productos que pueden convertirse en residuos.

  • 2025 → Reducción del 13 % en peso de los residuos generados respecto al año 2010.
  • 2030 → Reducción del 15 % en peso respecto a 2010.

OBJETIVOS DE PREPARACIÓN PARA LA REUTILIZACIÓN Y RECICLADO

Afectan a las entidades locales, empresas generadoras de residuos, gestores de residuos y productores sujetos a responsabilidad ampliada del productor (RAP)

  1. Residuos domésticos y comerciales (Art. 26.1.a):

  2. 202550 % en peso mínimo destinado a preparación para la reutilización y reciclado

  1. Residuos municipales (Art. 26.1.c-e): 

  • 202555 % en peso, con al menos un 5 % para reutilización.

  • 203060 % en peso, con al menos un 10 % para reutilización.

  • 203565 % en peso, con al menos un 15 % para reutilización.

OBJETIVOS DE REDUCCIÓN DEL CONSUMO DE PRODUCTOS DE PLÁSTICO DE UN SOLO USO (Art. 55 y Anexo IV)

Afectan a fabricantes, importadores, distribuidores, comercios minoristas, empresas de hostelería, restauración y catering que fabriquen, comercialicen o utilicen productos de plástico de un solo uso indicados en el Anexo IV.

  • 2026 → Reducción del 50 % en peso, respecto a 2022.

  • 2030 → Reducción del 70 % en peso, respecto a 2022.

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Áreas

temáticas

Recurso 14
  • Economía circular
  • Gestión de residuos
  • Responsabilidad ampliada del productor
  • Fiscalidad ambiental (impuestos sobre residuos y envases)
  • Trazabilidad y digitalización del control de residuos
  • Suelos contaminados
Residuos

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Obligaciones

para las empresas

  • Tratamiento adecuado de los residuos generados: mediante gestión propia o a través de gestores autorizados.(Art. 20)
  • Aplicar la jerarquía de residuos: Priorizar prevención, reutilización y reciclado sobre valorización o eliminación (Art.8)
  • Separación en origen y trazabilidad de residuos. ➝ (Art. 25 y 63)
    La separación en origen hace referencia a la clasificación de los residuos en diferentes fracciones (orgánica, papel/cartón, vidrio, plástico, etc.) desde el punto de origen, antes de su recogida o tratamiento.
    La trazabilidad de residuos hace referencia al conjunto de procedimientos y mecanismos que permiten identificar, registrar y seguir un residuo desde su generación hasta su tratamiento final, garantizando que cada etapa sea controlada, documentada y conforme a la normativa vigente.
  • Archivo cronológico: Los productores iniciales que generen más de 10 toneladas de residuos no peligrosos al año dispondrán de un archivo electrónico (registro de carácter electrónico donde se deben recoger, por orden cronológico, la cantidad, naturaleza y origen del residuo generado y la cantidad de productos, materiales o sustancias, y residuos resultantes de la preparación para la reutilización, del reciclado, de otras operaciones de valorización y de operaciones de eliminación). (Art. 64).
  • Plan de minimización de residuos peligrosos: Obligatorio para los productores iniciales de residuos peligrosos que generen más de 10 tn al año en cada centro productor (Art. 18)
  • Memoria resumen del archivo cronológico anual:  Obligatorio para los gestores y los productores de residuos peligrosos (Art. 65).
  • Responsabilidad ampliada del productor: financiación y organización de la gestión del residuo del producto una vez se convierte en residuo. Obligatorio para los productores de producto (Arts. 37-44)
  • Pago de impuestos por el uso de envases de plástico no reutilizables y por el depósito en vertederos, incineración y coincineración de residuos (Título VII: Arts. 71-99)

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Plazos

(Apartados 2–5)

comienzo
  • Entrada en vigor: 10 de abril de 2022 (Disposición final decimotercera).
  • Entrada en vigor de las medidas fiscales (Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables e Impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos, la incineración y la coincineración de residuos): 1 de enero de 2023 (Disposición final decimotercera).
  • Adaptación de regímenes de responsabilidad ampliada del productor:  Esto quiere decir que la normativa específica de cada flujo de residuos (como envases, textiles o aparatos eléctricos) debía adaptarse a lo previsto en esta  ley antes del 5 de enero de 2023. (Disposición final sexta).
  • Desarrollo reglamentario de sistemas de responsabilidad para textiles, muebles, plásticos agrarios y residuos sanitarios: 3 años desde la entrada en vigor (Disposición final séptima) (Aún pendiente de desarrollo reglamentario).
  • Obligación para los Ayuntamientos de implantar una tasa o una prestación patrimonial de carácter público no tributaria para cubrir el coste real, directo e indirecto, de la gestión de los residuos municipales: antes de abril de 2025.
    Esta tasa debe ser diferenciada y no deficitaria, e incluir los gastos de recogida, transporte, tratamiento de los residuos, la vigilancia de estas operaciones, campañas de concienciación, así como los ingresos derivados de la venta de materiales o de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor (RAP).
    Los ayuntamientos deben comunicar estas tasas, junto con los criterios y cálculos empleados para definirlas, a las autoridades competentes de su comunidad autónoma

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NORMATIVA

Ley 7/2022, de 8 de abril
de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

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